licencia-turistica-gironaAdjuntamos las instrucciones que proporciona el Ayuntamiento de Gerona (Girona) para el trámite de la obtención de la licencia turística en esta localidad.

Declaración responsable de apertura: 
Mediante la Declaración responsable de apertura interesado pone en conocimiento de la Administración el inicio de una actividad económica inocua, de las incluidas en el Anexo I de la Ley de simplificación (Ver columna correspondiente a «Declaración responsable» de la mesa técnica, en el apartado: «más información»), y declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos establecidos por la normativa vigente para el ejercicio de la actividad, que dispone de un certificado técnico justificativo y que se compromete a mantener su cumplimiento durante su ejercicio.

Dónde dirigirse?
OFICINA INFORMACIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA Pl. Vino 1, BS-1
17004 – GIRONA
972419010
área tramitadora
CONCEJALÍA DE URBANISMO, ACTIVIDADES, MOVILIDAD Y VÍA PÚBLICA

Requisitos previos
– Disponer de la correspondiente licencia o comunicación previa de obras cuando proceda.
– La actividad a desarrollar debe ser compatible con el planeamiento urbanístico.
– Disponer del certificado técnico justificativo del cumplimiento de la normativa que rige la actividad, instalación o establecimiento, firmado por un / a técnico / a competente, según modelo adjunto en el apartado: «más información».
– Disponer de las licencias, autorizaciones o concesiones relativas a utilización o aprovechamiento de bienes del dominio público, en su caso (por ejemplo, vados, terrazas, etc.).
– Si se trata de establecimientos de comercio al por menor de alimentos y bebidas; restaurantes y establecimientos de comida; provisión de comidas preparadas, bares y bares-restaurantes, puede comprobar los requisitos que se aplican para su actividad en materia de salud alimentaria en el cuadro adjunto en el apartado: «más información».

Qué hay que llevar?
DECLARACIÓN DE ACTIVIDAD ECONÓMICA: INICIO / MOD. SUSTANCIAL / CAMBIO DE ACTIVIDAD: – Documento de pago de la tasa o el precio público municipal
– Instancia específica
Declaraci DE ACTIVIDAD ECONÓMICA: INICIO DE ACTIVIDAD DE VIVIENDA TURÍSTICO: – Documento de pago de la tasa o el precio público municipal
– Instancia específica
DECLARACIÓN DE ACTIVIDAD ECONÓMICA: MODIFICACIÓN / AMPLIACIÓN / NUEVA ACTIVIDAD: – Instancia específica
– Documento de pago de la tasa o el precio público municipal.

Cómo hacerlo?
La solicitud, cumplimentada y firmada, se puede entregar:
– Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
– Presencialmente en las diferentes sedes de la Oficina de Información y Atención Ciudadana – Correo postal
Quién puede hacerlo?
– La persona interesada
– Todo el mundo que aporte un documento original de autorización para hacer el trámite y una copia del documento identificativo de la persona interesada
– Todo el que aporte un documento original de representación de una entidad
– Todo el mundo que aporte un documento original de poderes notariales para actuar en nombre de la persona o entidad interesada

Coste del servicio
Según ordenanzas fiscales 2016: – Hasta 50m2: 262, 50 EUR
– De 51 m2 en 120m2: 420 EUR
– Vivienda de uso turísitco: 150 EUR

Observaciones
La declaración responsable se presenta cuando se quiere iniciar la actividad y una vez finalizadas las obras y las instalaciones necesarias para llevarla a cabo.
En la declaración responsable, de acuerdo con el modelo normalizado con el que declara, se deberá declarar responsablemente:
Que la actividad cumple los requisitos establecidos por la normativa vigente para acceder a su ejercicio, y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el ejercicio de la actividad.
Que se dispone de un certificado técnico justificativo del cumplimiento de la normativa que rige la actividad, instalación o establecimiento.
Que la actividad es compatible con el planeamiento urbanístico.
Que en caso de actuar como representante legal, se dispone de todos los poderes necesarios para tramitar esta solicitud y recibir, en su caso, las correspondientes comunicaciones y / o notificaciones.
Que los datos consignados en la declaración son ciertos.
Otra información de interés:
Cuando el servicio técnico municipal, al comprobar los datos consignados en la declaración responsable detecte cualquier inexactitud, falsedad u omisión lo pondrá en conocimiento del titular, que dispondrá del plazo de un mes para corregirla y / o perfeccionarla, sin perjuicio del derecho a presentar alegaciones en el plazo de 15 días a contar desde la notificación y de las responsabilidades a las que se tuviera que hacer frente.
El Ayuntamiento podrá incorporar la actividad en un plan de inspección para verificar el cumplimiento de los requisitos y la normativa sectorial aplicable. En caso de que se constate algún incumplimiento se iniciará un procedimiento de enmienda de una duración máxima de dos meses, que no conllevaría la suspensión de la actividad, salvo que hubiese riesgo para las personas, los bienes o el medio ambiente.
Este procedimiento de enmienda tiene una duración máxima de 2 meses y es independiente y compatible con un posible procedimiento sancionador, y supletorio en los casos en que la normativa sectorial de la actividad no establezca un procedimiento específico.

Plazo de resolución
No hay resolución. Las declaraciones responsables presentadas de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, son eficaces desde su entrada en el Registro General del Ayuntamiento, momento a partir del cual se puede ejercer la actividad declarada, siempre que se disponga del comprobante de pago de las tasas correspondientes. La presentación de la declaración responsable faculta al Ayuntamiento para verificar la conformidad de los datos que se contienen.

– Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica.
– Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para la prevención y control ambiental de las actividades, los establecimientos abiertos al público y de los espectáculos públicos, de 5 de julio de 2016.

Vías de reclamación
Las ordinarias del procedimiento administrativo.